Chetumal, Quintana Roo a 05 de marzo de 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, en sesión jurisdiccional no presencial declaró por unanimidad de votos, improcedentes los juicios ciudadanos interpuestos por Hernán Villatoro Barrios y Ana Ellamin Pamplona Ramírez, ordenando su reencause para que la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias del Partido del Trabajo conozca y resuelva en plenitud de jurisdicción, lo que a derecho corresponda, en un plazo de 10 días naturales, mismo que correrá a partir del día siguiente de la notificación.
Esta determinación la realizó el Pleno al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/023/2021 y su acumulado JDC/024/2021 que interpusiera Hernán Villatoro Barrios y Ana Ellamin Pamplona Ramírez en contra de la Comisión Ejecutiva Nacional y la Asociación Nacional de Diputados Locales, ambas del Partido del Trabajo, por la desafiliación como integrantes de la Asociación Nacional de Diputados Locales del PT y la revocación como integrante del Grupo Legislativo del referido partido en el Congreso del Estado de Quintana Roo.
De ahí que, la magistrada y los magistrados determinaron reencausar estos dos juicios ciudadanos a la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias del PT, para que de manera sumaria, de acuerdo a su normativa, conozca y resuelva en plenitud de jurisdicción, lo que a derecho corresponda, en un plazo de 10 días naturales, mismo que correrá a partir del día siguiente de la notificación de la presente sentencia.
Asimismo, se ordenó a dicha comisión que en un plazo de 24 horas posteriores a la resolución que emita, informe a este Tribunal lo aprobado.
Igualmente, en esta sesión jurisdiccional se atendió el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/025/2021, presentado por Georgina Nuñez Campos en contra de la Comisión Estatal de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional en el Estado de Quintana Roo y el Predictamen de fecha 25 de enero de 2021 a la solicitud de registro como aspirante a la Presidencia Municipal de Bacalar.
En este asunto, el Pleno, por unanimidad de votos declaró improcedente este juicio ciudadano y ordenó a la Comisión Estatal de Procesos Internos del PRI en Quintana Roo notifique personalmente, de manera inmediata y sin dilación alguna a la ciudadana Georgina Nuñez Campos, la resolución emitida por la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI recaída dentro del juicio de inconformidad CNJP-RI-ROO-018/2021 de fecha 18 de febrero del presente año, para los efectos legales correspondientes.
De igual manera, ordenó a la Comisión Estatal de Procesos Internos del PRI en Quintana Roo para que en un plazo de 24 horas posteriores al cumplimiento de lo ordenado, informe a esta Tribunal sobre el mismo.



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